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ANTIDOPING A FUNCIONARIOS

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Bertone2018

La gobernadora Rosana Bertone firmó el decreto N°2076 promulgando la ley antidoping 1233
Tierra del Fuego - Ushuaia: La Ley antidoping 1233 busca controlar y detectar a los funcionarios de los tres poderes del estado que consuman drogas ilegales, mediante el método menos eficaz de todos que es el examen de orina, puesto es que el mas simple de engañar, al no estar certificada a quien pertenecerá la muestra que deberá llevarse. Recordemos ademas que los municipios de Ushuaia y Rio Grande, ya manifestaron sus intenciones de adherir a la ley.
Aunque en un principio fue presentada como un gran logro, luego de conocerse los detalles de la Ley, quedo en claro que es solo para lavar la imagen de algunos políticos y funcionarios a los cuales se los vinculan con el consumo de droga y seguramente serán los primeros en hacerse los exámenes y que den negativo. Habiendo exámenes mas precisos como las muestras de sangre, pelo y hasta uñas, se eligió el método mas vulnerable y fácil de engañar de todos.
La ley, promulgada por Bertone en el Boletín Oficial N° 4169, establece en su artículo primero como requisito de permanencia en los niveles políticos de la función pública, el carácter de adicción a drogas ilegales. 
La norma alcanza a los cargos de gobernador/a y vicegobernador/a hasta el rango de subsecretarios, autoridades de entes autárquicos y descentralizados, personal superior y subalterno de la policía y servicio penitenciario.
Asimismo alcanza a los organismos de control, poder legislativo hasta el rango de prosecretarios; y en el poder judicial se aplica a jueces, magistrados y funcionarios de toda la justicia incluidos los Ministerio Públicos fiscales y de la defensa.
Asimismo se aclaró en el artículo 3 que la autoridad de aplicación en el ámbito del Poder Ejecutivo será el Ministerio de Salud. 
El artículo 4 de la ley señala que todos los funcionarios comprendidos en el ámbito de la aplicación de esta ley, deben realizarse con carácter obligatorio el examen de detección de metabólicos de drogas en orina.
Tal examen debe realizarse en un plazo de 4 meses de puesta en vigencia de la ley con periodicidad de 1 año. Este procedimiento puede ser reemplazado por otros exámenes y/o bioquímicos en función de su mayor precisión y efectividad.
En el artículo quinto se señala que "en caso de que el examen diera positivo, el funcionario tiene derecho a exigir una contraprueba dentro de los 10 días hábiles siguientes al resultado.
En caso de que se detecte la presencia de sustancias ilegales consumidas, será causan del cese en la función pública y en caso de ser electo, el funcionario será pasible de suspensión y revocación de mandato como lo establece la Constitución de la Provincia.
Dos frascos, dos muestras: Al momento de que los funcionarios alcanzados por la ley se realicen el examen de orina se tomarán dos muestras de orina “que deben ser selladas y firmadas por las partes”.
Una de ellas será utilizada para el examen inicial. Si diera resultado positivo, el funcionario tiene derecho a exigir, dentro de los 10 días hábiles siguientes, la realización de una contraprueba para lo que se utilizará la segunda muestra.
 
Fte e Img: Crónicas Fueguinas
http://cronicasfueguinas.blogspot.com/2018/08/en-vigencia-el-antidoping-funcionarios-tierra-del-fuego.html

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