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USO DE ENERGÍA SOLAR TÉRMICA

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Provinciales - Por ley, impulsan el uso de energía solar térmica en Córdoba
Córdoba - Deán Funes: La Legislatura aprobó la norma que impulsa el uso de esta tecnología en edificios públicos provinciales y en construcciones privadas no residenciales. Prevé beneficios fiscales y financiamiento a la instalación de equipos.
Córdoba tiene un nuevo marco normativo que fija metas y objetivos concretos en materia de energía renovable. Se trata de la ley 10.573, que establece que los edificios públicos provinciales, los hoteles y las escuelas, deberán construirse con sistemas de generación solar térmica que abastezcan, al menos, el 50% del agua caliente sanitaria.
La disposición se aplica a los nuevas edificaciones. Sin embargo, las dependencias públicas en uso deberán elaborar un cronograma para incorporar esta tecnología de manera progresiva. La norma también  contempla la adopción de estos sistemas en los planes provinciales de vivienda.
La ley declara de interés provincial el fomento de la energía solar térmica. En esa línea, prevé la puesta en marcha mecanismos de incentivos fiscales y financiamiento para la instalaciones de equipos, que deberán ser definidos con la reglamentación.
El proyecto había llegado a la Legislatura en abril pasado, con la firma del gobernador Juan Schiaretti. Finalmente, la semana pasada fue aprobado, junto a otra ley de promoción de uso racional y eficiente de la energía (ver abajo).
En líneas generales, ambas iniciativas se gestaron en el seno Consejo Asesor de Políticas Energéticas de Córdoba (Capec), un órgano promovido por el Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos que nuclea a 32 instituciones, entre las que se cuentan cámaras empresarias, colegios profesionales, universidades, empresas, distribuidoras de energía y ONGs.
Los “calefones solares” son una tecnología probada y de uso relativamente extendido en el sector residencial. Pero hay equipos de mayor capacidad adecuados para grandes superficies, que además se fabrican en el país.
Energía renovable en comercios y servicios
 
Además de los edificios públicos provinciales, la medida promueve la implantación de sistemas de energía solar térmica en las nuevas construcciones privadas del sector “no residencial”. También aquí el punto de partida será el 50% del agua caliente sanitaria.
Este será el caso de hoteles, complejos turísticos, cabañas, clubes deportivos, gimnasios, clínicas de estética, hospitales, residencias de ancianos, lavanderías y establecimientos gastronómicos, que deberán proyectarse y construirse con colectores solares térmicos.
Aunque las viviendas particulares quedaron exceptuadas, la norma prevé incentivos fiscales y crediticios -pendientes de reglamentar- para los frentistas que adopten esta tecnología, como modo de impulsar las instalaciones domiciliarias.
En un hogar, la energía solar térmica puede cubrir entre el 80 y el 90% del calentamiento de agua sanitaria.
Expectativas por la implementación
Luis Molinari, miembro de la Cámara de la Industria Eléctrica de Córdoba (Cadiec), consideró que el nuevo marco es un paso adelante para dinamizar la adopción de energía solar térmica. “La ley claramente viene a promocionar esta tecnología. Sin duda ayudará a la mayor penetración de estos equipos, que ya tienen un importante nivel de utilización en zonas serranas. Creemos que habrá un impacto interesante en el sector”, señaló.
Molinari participó, como representante de Cadiec, en la elaboración del proyecto en el marco del Capec. “En Córdoba hay un mercado preparado para esta industria. La provincia fue pionera en la adopción de la energía solar térmica, fundamentalmente en el sector turístico. Y cuenta con una importante red comercial, que incluso podría duplicarse o triplicarse”, con adecuados beneficios impositivos y financiamiento blando, recalcó.
Incluso aventura que el crecimiento de la demanda, sobretodo de equipos para uso no residencial, podría promover la creación de industrias locales. “Córdoba dispone de la tecnología para fabricar estos equipos. Ya hay algunos emprendimientos que los están produciendo, pero hace falta más previsibilidad y un mercado más dinámico que está ley puede brindar. Si sumamos la industria metalmecánica, se lograría una sinergia muy interesante”, apuntó.
Registro de instaladores
 
Para regular y garantizar estándares mínimos de calidad, la Provincia creará un registro de instaladores de equipos.  Es que para acceder a los créditos y beneficios fiscales, la ley exige que la colocación y puesta en funcionamiento de los equipos sea realizada por instaladores registrados.
Es clave que las instalaciones sean seguras para las personas y que garanticen el correcto funcionamiento de los equipos. Para eso es necesario capacitar gente y tener un registro de estos profesionales”, acotó Molinari y en ese sentido remarcó la necesidad de pensar en un sistema de formación de mano de obra para este incipiente mercado laboral.
Las construcciones nuevas del sector público provincial con demanda de Agua Caliente Sanitaria (ACS), en particular los inmuebles destinados a centros de atención de la salud, centros deportivos y/o de esparcimiento, residenciales para la tercera edad y establecimientos educacionales, deberán proyectarse y construirse considerando al menos 50% del aporte energético para calentamiento de agua, proveniente de sistemas de aprovechamiento de energía solar térmica de baja temperatura”, establece la ley.
Descargá el texto completo de la ley
 
Fte: Noticias de Dean Funes
https://www.noticiasdedeanfunes.com/noticias/noticias.php?id=7873
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