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POR LA JUSTICIA ABORIGEN

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Formosa:  Esta sentencia debe significar una toma de conciencia colectiva, para que como sociedad se reflexione sobre la tolerancia y la igualdad
El juez Federal subrogante de Formosa Fernando Carbajal, en diálogo con Radio Nacional Formosa, hizo referencia al fallo histórico que benefició a la comunidad Pilagá por la masacre conocida como Rincón Bomba.
El magistrado afirmó que es una causa que venía en trámite hace muchos años, fue iniciada en el año 2005, si bien se avanzó en medidas probatorias y medidas anticipadas que fueron las que dispuso el primer juez interviniente en la causa, el Dr. Quinteros, que permitió el hallazgo de los cuerpos, que fue el indicio confirmatorio de la existencia de esta masacre ocurrida en octubre de 1947, porque había un desconociendo de la sociedad blanca porque los pueblos aborígenes lo tenían presente y es parte de su historia.
Además sostuvo que lo que quedó plasmado en este juicio fue la persistencia en la memoria colectiva de este hecho de la etnia pilagá, y lo importante de esta sentencia es haber logrado poner en el centro de la escena este suceso terrible que fue esta masacre, cuando llego al juzgado estaba fijada lo que se denomina la audiencia del artículo 360, había me entero de la causa civil, y lo primero que hice fue tomar conciencia de que era una causa especial, con criterios de selección de casos más relevantes, por ello decidí aplicar un modelo de juicio denominado por audiencia, y desde esta concepción gestionarlo de una forma diferente.
Por otra parte destacó la colaboración de todas las partes, la representante del estado y de la Federación de Comunidades Pilagás, por ello se logró en un plazo bastante breve -en seis meses- gestionar la segunda y tercera parte del proceso, y en paralelo a esta causa civil había una penal que estaba suspendida porque la última persona procesada, el comandante Maqueti, que era quien conducía el avión desde donde se ametralló a los pobladores civiles, había fallecido haciendo imposible la continuación del proceso por el fundamental requisito de la presencia física del acusado.
En los expedientes se produjeron muchas pruebas importantes y testimonios de las víctimas, con un enorme plexo probatorio, entonces se llegó al mes de mayo en condiciones de dictar una sentencia, para mí fue algo nuevo, no conocía del caso, y es un proceso sumamente doloroso, con el testimonio de las víctimas y detallo el trabajo documental realizado por Valeria Mapelman, que quedó plasmado en el documental Octubre Pilagá, y durante el juicio se logró la comparencia de una sobreviviente, que más que nada tiene un factor simbólico porque con esto se puede corroborar todas las demás que no pudieron estar presentes, pero que están suficientemente validados, agregó el magistrado.
REPARACION INTEGRAL
Continuó expresando que destaca la actuación de los jueces federales que lo precedieron, como Marcos Quinteros quien se mostró muy diligente, que ordenó las pruebas anticipadas y la suma de $100000 al estado nacional para solventar los gastos del terreno, el comisario Vera que realizó un trabajo importante, pero esto aún no concluyó con respecto a la revisión que debe hacerse, la sentencia reconoce el hecho, pero aquí comienza el proceso de reparación integral de daños.
Carabajal refirió además que se llevaron a cabo reparaciones simbólicas pedidas por ambas partes, como el hecho de que en las escuelas se enseñe y que esto sea reparador para todos, porque no se trata solo de que se cumpla con los mandatos legales, sino que haya una toma de conciencia colectiva, para que como sociedad se reflexione sobre la tolerancia, la igualdad, y para que nos hagamos cargo de nuestra historia, hay responsabilidades colectivas.
En cuanto a la prensa, un solo medio tuvo una versión critica, fue el Intransigente de Salta, porque mandó un corresponsal, los otros solo reprodujeron la versión oficial, por eso se tomaron estos informes como fuentes, y es por eso que interpelo a que no se consuman versiones sin confirmarlas, y una de las cosas que se analiza en la sentencia fue justamente el ocultamiento que fue posterior, porque se hizo desaparecer las viviendas de los aborígenes, y esto continuó durante los años, el silencio para la comunidad blanca.
El padre Francisco Nazar relata que en la década del 60’ cuando él llega y habla con la comunidad, ellos tenían conciencia de la masacre y de su reducción a un estado de servidumbre como fue la nefasta política de las reducciones aborígenes, ilustro el magistrado.
A estos ciudadanos se los llevó a privar de sus derechos esenciales a veces tras un supuesto humanitarismo, que encubrían la negación de sus derechos ocultando e invisibilizando lo que les había ocurrido y esto fue algo cultural durante toda su historia, indico finalmente el Dr. Fernando Carbajal.
 
Fte e Img: Diario Opinión
http://www.diariopinion.com.ar/noticias/2019/07/19/27015-masacre-de-rincon-bomba-esta-sentencia-debe-significar-una-toma-de-conciencia-colectiva-para-que-como-sociedad-se-reflexione-sobre-la-tolerancia-y-la-igualdad

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