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JUICIO POR LOS NIHUILES

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La Pampa: Se trata de un acuerdo tripartito entre Nación, Mendoza y La Pampa; y homologado por la Corte Suprema de Justicia. En el Centro Cívico volvieron a señalar la "mala fe" de la provincia cuyana.
Luego de que el gobernador de Mendoza Rodolfo Suárez le diera luz verde a su fiscal de Estado, Fernando Simón, para que eleve una demanda al Gobierno Nacional con el objetivo de dejar de compartir las regalías con La Pampa por la energía generada en la represa Los Nihuiles, más los retroactivos por los recursos no cobrados desde el año 1973, la gestión de Sergio Ziliotto ya decidió la estrategia judicial: defenderá el convenio firmado en 1992.
La cifra es abultada, según las estimaciones y pretensiones de Mendoza tales acreencias superarían los 30 mil millones de pesos.
El argumento cuyano se remonta a que en el año 1973 el gobierno de Alejandro Lanusse dictaminó que las regalías por Los Nihuiles instalado en territorio mendocino debía repartirse en partes iguales entre Mendoza y La Pampa, por el hecho de compartir el cauce del río Atuel.
Pero en demandas posteriores, la misma Corte tomó el criterio de que las regalías correspondían a la provincia donde se ubica el salto que genera la energía, aplicando así la denominada “teoría de la fuente” y como el salto está en Mendoza, el reclamo está dirigido a Nación y no a La Pampa, ya que la determinación de la división de regalías fue del gobierno central.
La embestida de Mendoza suge un momento muy singular. A días de que la Corte Suprema de Justicia defina el caudal del río Atuel que la corresponde a La Pampa.
Si bien el Gobierno pampeano no ha recibido hasta ahora ninguna notificación, al menos oficialmente, acerca de las intenciones de Mendoza, en el Centro Cívico ya toman nota de lo adelantado a través de medios de comunicación y, dentro de la probable estrategia, "trazaron el recorrido histórico de hechos relacionados a este tema puntual, a fin de contrastar la posible concreción del reclamo", pudo saber El Diario.
En ese contexto trajeron a colación el acuerdo firmado el 7 de febrero de 1992 entre el Estado Nacional y las provincias de La Pampa y Mendoza.
Mediante el mismo, entre otras cosas, se estableció dentro de la Cláusula Quinta que “el Estado Nacional, la provincia de Mendoza y/o quien resulte propietario del Complejo Hidroeléctrico Los Nihuiles se obligan a cumplimentar las obligaciones a favor de la provincia de La Pampa en concepto de regalías hidroeléctricas en relación a la explotación del Complejo. La obligación precedente se calculará sobre la base de los porcentajes que fija la Ley Nacional 15336 y su decreto reglamentario 1560/73. Todo ello, sin perjuicio de lo que pudiere establecer en el futuro, normas jurídicas o fallos judiciales sobre el particular”.
La Cláusula Novena dice lo siguiente: “los signatarios se comprometen a mantener cordiales relaciones de entendimiento en orden a los temas objeto del convenio y conducirse con buena fe hasta que todos los asuntos aludidos encuentren la solución más satisfactoria y ecuánime para cada una de las partes”.
Finalmente, la Cláusula Décima señala que “la Provincia de La Pampa presta su conformidad a la transferencia del Complejo Hidroeléctrico Los Nihuiles que se instrumenta en el convenio que celebran en la fecha la Nación y la provincia de Mendoza. Para el caso de incumplimiento de alguna de las cláusulas del presente convenio, la provincia de La Pampa se reserva el derecho de reclamar por vía incidental, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, previa designación de un perito único de oficio, que establecerá los perjuicios que tal incumplimiento irrogare”.
"Este acuerdo fue homologado por la Corte Suprema y ratificado legislativamente por parte de ambas provincias y de la Nación, surgiendo así que el derecho a percibir las regalías hidroeléctricas tiene su fuente en un tratado interprovincial que las partes suscribieron y por el cual se adquirieron derechos adquiridos. El mismo fue firmado de acuerdo con la normativa nacional y homologado por La Corte Suprema", recordó un encumbrado funcionario provincial.
No solo estipula el pago de las regalías sino también la transferencia del Complejo Hidroeléctrico Los Nihuiles por parte de la Nación a Mendoza”, insistió la fuente informativa. 
"Todo ello fue suscripto por La Pampa dentro de la buena fe que debe regir las relaciones entre estado provinciales. Querer dejar sin efecto solo una parte de ese convenio interprovincial, la que claramente generaría un beneficio económico, muestra una vez más la mala fe de la vecina provincia a la hora de cumplir los acuerdos”, añadió.
En el Estado pampeano analizan en voz baja -por ahora- el otro frente abierto por Mendoza. “La negativa a cumplir con las sentencias de las Corte Suprema en el caso Atuel, ahora se le suma un pedido de inconstitucionalidad de un Decreto que dejaría sin efecto un acuerdo interprovincial. Surge nuevamente la actitud unilateral y arbitraria con la que Mendoza intenta manejar las aguas de un rio interprovincial”, sostuvo la misma fuente.
Fte e Img: El Diario de La Pampa
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